• Fondo de Solidaridad
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Novedades para Becarios

  • ¡Atención estudiantes! Comienza el periodo de INSCRIPCIÓN 2012. Las inscripciones se realizarán a través de esta página web.
    • Para los que tienen la beca actualmente y desean renovarla: 1º de Noviembre al 29 de Febrero.
    • Para los que están estudiando y solicitan la beca: 1º de Noviembre al 20 de Diciembre.
    • Para los que comienzan a estudiar:
      1º de Enero al 29 de Febrero.
  • Modificaciones para una gestión más eficiente
    • El pasado 28 de diciembre se aprobó por el Presidente de la República un decreto que modifica ciertas normas acerca del Fondo de Solidaridad para mejorar los servicios al estudiante y al contribuyente, en pos de una gestión más eficiente y trasparente. [leer más...]
  • ¡Apoyo para quienes ingresan al nivel terciario! 
    • El Fondo de Solidaridad abre sus inscripciones a partir del 1 de enero para que los jóvenes que ingresan a nivel terciario en 2012 puedan postularse para recibir becas.[leer más...]
  • ¡Nuevo beneficio!

  • Calendario de Pagos 2011 (aquí)
  • Copia de Documentación Solicitada (aquí)
  • Comienzo de Inscripciones Becas 2011: 1º de Noviembre 2010

Seguinos en 

 

Novedades para Contribuyentes

  • Base de prestaciones y contribuciones - (BPC)
    • El Poder Ejecutivo anunció el incremento de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) en 8,6% fijando su nuevo valor a partir del 1º de enero de 2012 en $2.417.- (pesos uruguayos dos mil cuatrocientos diecisiete). Más información.
  • Modificación Decreto 325/2002 – Plazo de exención (90 días)
    • Con fecha 28/12/2012, se modificó el Decreto Reglamentario 325/2002.
    • En consecuencia desde la entrada en vigor del presente decreto; a efectos de presentar la declaración jurada, acreditando que se está en situación de eximir los tributos administrados por el Fondo de Solidaridad (de acuerdo a lo establecido en la reglamentación); se contará con un plazo de 90 días contados a partir de la finalización del ejercicio que se pretende eximir; siendo este plazo de carácter perentorio.
  • Período de Exención de Tributos 2011
    • El período de exención de la Contribución al Fondo de Solidaridad y su Adicional, correspondientes al año 2011 irá desde el 1/01/2012 al 30/03/2012.
    • Ingresos inferiores a $ 8.904 pueden eximir FDS y AFDS
    • Ingresos hasta $ 13.356 pueden eximir AFDS
  • Impresión de Boletos de Pago:
    • Si su organismo recaudador es el Fondo de Solidaridad, usted podrá imprimir los boletos de pago de las contribuciones adeudadas; siempre y cuando se haya registrado ante nuestras oficinas.

    • En caso de haber cumplido el 5to año de egresado de carreras afiliables y estar afiliado a CJPPU o CNSS; deberá cancelar sus obligaciones con dichos organismos.
  • Abone sus contribuciones a través de sistemas de débito automático:
    • Si su recaudadora es el propio Fondo de Solidaridad puede abonar sus tributos solicitando el débito automático de los mismos a través de las siguientes tarjetas de crédito: OCA CARD; MASTERCARD; y VISA. Así como también a través de débito bancario de cuentas en el BROU.
    • Si su recaudadora es CJPPU debe gestionar el débito automático de sus tributos a través de la propia CJPPU.
  • De interés para contribuyentes radicados en el Exterior:
    • Se recomienda a aquellos residentes en el Exterior, egresados de la UDELAR (Universidad de la República) y/o cursos terciarios del CETP – UTU (Universidad del Trabajo del Uruguay), acceder al siguiente comunicado.

  • Certificados de estar al día:
    • Se recuerda que las entidades públicas o privadas deberán exigir anualmente a los sujetos pasivos de estas contribuciones, una constancia de estar al día con las mismas, a los efectos de poder pagar facturas por servicios prestados, sueldos, salarios o remuneraciones de especie alguna. La entidad que incumpla con lo previsto será solidariamente responsable por lo adeudado. (Artículo 3, Ley 16.524 en la redacción dada por Ley 17.451)