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La Ley 16.524 de fecha julio de
1994, modificada por la Ley 17.451 de fecha enero 2002, creó
el FONDO DE SOLIDARIDAD, persona de derecho público no
estatal, cuyo destino es financiar un sistema de becas para
estudiantes de la Universidad de la República y del nivel
terciario del Consejo de Educación Técnico
Profesional.
El sistema está basado en el concepto
de solidaridad intergeneracional, mediante el cual un profesional
egresado de la Universidad de la República o de los niveles
terciarios de la Educación Técnico Profesional, debe
realizar contribuciones a los efectos de financiar un sistema
de becas para estudiantes de bajos recursos.
El Poder
ejecutivo reglamentó éstas normas a través de
los Decretos 325/2002 y 138/2008.
En el año 2001 la
Ley 17.296 de fecha febrero de 2001, modificada por la Ley 17.451
de enero de 2002, le asignó al Fondo de Solidaridad el
cometido de recaudar un adicional cuyo producido se destina a la
Universidad de la República (Decreto reglamentario
256/2001).
Por imperio del artículo 32 de la Ley
18.046 de fecha octubre de 2006, reglamentado por los Decretos
299/2007 y 346/2007, se establece que el Fondo podrá
destinar parte de sus excedentes a reforzar el rubro de becas para
Enseñanza Secundaria que otorga el M.E.C. y se dispone,
además, la creación de la beca “Carlos
Quijano”, para estudios de postgrado en el exterior.
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